BENDITOS «APÓSTATAS». De la serie «RECORTES», Nº 105. Por Pablo Romero Gabella

 

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2010

 

«En enero de 1985, Mahmud Mohamed Taha, un intelectual que pretendía revisar algunos puntos del dogma del Islam, fue ahorcado públicamente. Preconizaba una “segunda misión del Islam” basada en los versículos más antiguos del Corán, revelados al Profeta en La Meca. Los consideraba como “un llamamiento a la responsabilidad y a la libertad”, en oposición a los versículos más recientes, revelados en Medina, relacionados con las contingencias de la época, en el momento en que el Profeta fundó un Estado. Esta interpretación fue considerada hereje por los ulemas tradicionales, por lo que fue acusado de apostasía.

   »Otra víctima fue el universitario Nasr Abu Zeid, acusado también de apóstata basándose en sus escritos. En diciembre de 1992, este profesor de la Facultad de Letras de la Universidad de El Cairo, presentó sus trabajos para acceder a  una cátedra. Basándose en un informe desfavorable emitido por otro profesor, también predicador y próximo a los Hermanos Musulmanes, se le negó el cargo con el pretexto de que el autor, antiguo marxista, no podía pretender escribir sobre el Islam. Nasr Abu Zeid proponía en efecto una lectura del texto coránico que, aunque consideraba que era una creación divina, estaba formulada con un lenguaje y unos conceptos propios para que fueran comprendidos en una sociedad del siglo VII y que, por tanto, podían ser objeto de una interpretación contemporánea que no fuera literal (por ejemplo, la esclavitud). Este planteamiento fue considerado sacrílego, tanto por su contenido como porque procedía de una personalidad laica y, a pesar del apoyo de numerosos intelectuales y universitarios, fue objeto de ataques virulentos de los miembros del establishment religioso próximo a los Hermanos Musulmanes. En mayo de 1993, con el pretexto de que se le había denegado la cátedra, unos abogados islamistas presentaron una demanda exigiendo la separación del matrimonio Abu Zeid, argumentando que este último, como apóstata, no podía seguir estando casado con una musulmana. Rechazada en un primer momento por el tribunal por el hecho de que los que habían presentado la demanda no tenían ninguna fuerza legal en el asunto, ésta fue finalmente instruida en nombre de una disposición de la sharia, la hisba, que estipula que todos los musulmanes pueden “dirigir el bien y perseguir el mal”. En junio de 1995, el tribunal de apelación de El Cairo divorció de oficio (y sin su consentimiento) a la pareja, que se refugió en los Países Bajos al mes siguiente, donde sigue viviendo actualmente.

 

   »Unos piensan en el camino de la religión,

otros creen estar en la vía cierta.

Temo que un día se levante una voz:

¡oh ignorantes!, la vía no es aquélla ni ésta».

 

[Gilles Kepel, La yihad. Expansión y declive del islamismo, Barcelona, 2002, págs. 397, 599 y 600 (traducción de Marga Latorre), 1ª ed. francesa, 2000/Omar Jayam, Rubaiyat, Madrid, 2007, pág. 169, traducción de Clara Janés y Ahmad Taherí, original en persa del siglo XII que se publicó íntegro por primera vez en Calcuta en 1859]

 

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